El Ministerio de Agricultura británico ha comunicado a las autoridades españolas, la puesta en marcha, a partir del día 28 de febrero del año 2000, de un programa denominado "The Pet Travel Scheme (Pets)", para la entrada de perros y gatos de compañía en el Reino Unido, que sustituye al sistema actual y supondrá la eliminación de la preceptiva cuarentena de seis meses en destino.

¿Cuáles son los requisitos y en qué orden se deben cumplir?

Deberán estar identificados mediante microchip (norma 150 11784-11785). Estar vacunados contra la rabia.Haberse sometido a un análisis de sangre, a los 30 días de la vacunación. El resultado del análisis de sangre deberá demostrar que la vacuna le ha proporcionado al animal el suficiente nivel de anticuerpos antirrábicos postvacunales.El Veterinario Colaborador obtendrá y remitirá la muestra de suero a un Laboratorio autorizado en España, LABORATORIO NACIONAL DE SANIDAD Y PRODUCCIÓN ANIMAL. CI Camino del Jau. 18320 SANTA FE (GRANADA); Teléfono: 988 44 03 75). En el paquete de la muestra se incluirá el "Impreso para el envío de muestras al Laboratorio" debidamente cumplimentado. (Se adjunta ejemplar). Asimismo, el Veterinario Colaborador remitirá copia del anterior impreso para el envío de muestras al Laboratorio" a la COMUNIDAD DE MADRID) - Servicio de Ganadería y Protección Animal. Ronda de Atocha, 17.28012 MADRID) (a la atención de Dª. Yolanda Soriano Rodríguez, Teléfono: 91 5 80 17 52, Fax: 91 5 80 17 19), preferentemente por Fax para que ésta prescriba este análisis al Laboratorio autorizado, vía Fax. (Las muestras que carezcan de los datos requeridos y de la preceptiva prescripción, no son analizables). El resultado del análisis será comunicado por el Laboratorio al Servicio de Ganadería que prescribió el análisis, quien dará traslado del mismo al Veterinario Colaborador. El propietario del animal solicitará del Veterinario Colaborador un "Certificado de acompañamiento", que consistirá en un Certificado Oficial Veterinario en el que figurara: Reseña del animal (nombre, raza, edad, capa, marca), número de microchip, localización de éste, última lectura, tipo de lector utilizado y que el animal no presenta signos de rabia en el día de expedición del certificado. Se debe verificar que la Cartilla de vacunaciones está al día. El propietario del animal, con el "Certificado de acompañamiento", y la Cartilla de vacunación, se presentará en la Comunidad de Madrid - Servicio de Ganadería y Protección Animal. Ronda de Atocha, 17.28012 MADRID) (contactando con Dª. Yolanda Soriano Rodríguez, Teléfono: 91 5 80 17 52, Fax: 91 5 80 17 19), donde le será proporcionado el Certificado Oficial PETS.

· Por último, 24-48 horas antes del viaje, el propietario deberá solicitar del Veterinario Colaborador un "Certificado de tratamiento antiparasitario", según modelo facilitado por el Colegio de Veterinarios de Madrid (del que se adjunta ejemplar), en el que figurará que se ha sometido al animal a tratamiento antiparasitario contra las tenias y garrapatas.

Para introducir animales de compañía en el Reino Unido, se necesitan tres documentos:

1. Certificado Oficial PETS, cuya validez, comienza a partir de los 6 meses de la fecha de la toma de la muestra, y que el resultado de la prueba indica que el título de anticuerpos neutralizantes contra la rabia es igual o superior a 0'5U.I./ml
2. Certificado de tratamiento antiparasitario, en el que se hace constar que ha sido tratado contra tenias y garrapatas.
3. Una declaración en la que se hace constar que el animal no ha estado fuera de los países incluidos en el programa PETS, facilitada por las empresas de transporte autorizadas.

Rutas autorizadas para llevar los animales al Reino Unido
· Por ferry desde Calais a Dover
· Por ferrocarril...........desde Caen, Cherbourg, Le Havre y St. Malo a Portsmouht
· Por vía aérea............determinadas rutas desde Europa a Londres-Heathrouw.

Empresas autorizadas
- Briffany Ferries - Eurotunnel Passenger Shuttle Service
- Hoverspeed - P&O Furopean
- P&O Stena - ScaFrance

Países incluidos en el Programa PET
Alemania Finlandia Liechtenstein San Marino Andorra Francia Luxemburgo Suecia Austria Gibraltar Mónaco Suiza Bélgica Grecia Noruega Vaticano Dinamarca Islandia Países Bajos España Italia Portugal

(De Francia se excluyen los Departamentos y Territorios de Ultramar franceses, de Noruega se excluye Svalbard; en cuanto a Portugal se incluyen las Azores y Madeira, y con respecto a España se incluyen las Islas Canarias, pero se excluyen Ceuta y Melilla).

Madrid, 14 de marzo de 2000.
EL SECRETARIO,
Fdo Manuel García Alonso.

PET TRAVEL SCHEME (PETS)
Programa Piloto
HOJA INFORMATIVA

El Ministerio de Agricultura británico ha comunicado a las autoridades españolas, la puesta en marcha, a partir del día 28 de febrero del año 2000, de un programa denominado "The Pet Travel Scheme (Pets)", para la entrada de perros y gatos de compañía en el Reino Unido, que sustituye al sistema actual y supondrá la eliminación de la preceptiva cuarentena de seis meses en destino.

¿Cuáles son los requisitos y en qué orden se deben cumplir?

· Deberán estar identificados mediante microchip (norma 150 11784-11785).
· Estar vacunados contra la rabia.
· Haberse sometido a un análisis de sangre, a los 30 días de la vacunación. El resultado del análisis de sangre deberá demostrar que la vacuna le ha proporcionado al animal el suficiente nivel de anticuerpos antirrábicos postvacunales.

· El Veterinario Colaborador obtendrá y remitirá la muestra de suero a un Laboratorio autorizado en España, LABORATORIO NACIONAL DE SANIDAD Y PRODUCCIÓN ANIMAL. C/ Camino del Jau. 18320 SANTA FE (GRANADA); Teléfono: 988 44 03 75). En el paquete de la muestra se incluirá el "Impreso para el envío de muestras al Laboratorio" debidamente cumplimentado. (Se adjunta ejemplar).

· Asimismo, el Veterinario Colaborador remitirá copia del anterior "Impreso para el envio de muestras al Laboratorio" a la COMUNIDAD DE MADRID - Servicio de Ganadería y Protección Animal. Ronda de Atocha, 17.28012 MADRID (a la atención de Dª. Yolanda Soriano Rodríguez, Teléfono: 91 5 80 17 52, Fax: 91 5 80 17 19), preferentemente por Fax para que ésta prescriba este análisis al Laboratorio autorizado, vía Fax. (Las muestras que carezcan de los datos requeridos y de la preceptiva prescripción, no son analizables).

· El resultado del análisis será comunicado por el Laboratorio al Servicio de Ganadería que prescribió el análisis, quien dará traslado del mismo al Veterinario Colaborador.

· El propietario del animal solicitará del Veterinario Colaborador un "Certificado de acompañamiento", que consistirá en un Certificado Oficial Veterinario en el que figurará:
Reseña del animal (nombre, raza, edad, capa, marca), número de microchip, localización de éste, última lectura, tipo de lector utilizado y que el animal no presenta signos de rabia en el día de expedición del certificado. Se debe verificar que la Cartilla de vacunaciones está al día.

· El propietario del animal, con el "Certificado de acompañamiento", y la Cartilla de vacunación, se presentará en la Comunidad de Madrid - Servicio de Ganadería y Protección Animal. Ronda de Atocha, 17.28012 MADRID (contactando con Dª. Yolanda Soriano Rodríguez, Teléfono: 91 5 80 17 52, Fax: 91 5 80 17 19), donde le será proporcionado el Certificado Oficial PETS.

· Por último, 24 - 48 horas antes del viaje, el propietario deberá solicitar del Veterinario Colaborador un "Certificado de tratamiento antiparasitario", según modelo facilitado por el Colegio de Veterinarios de Madrid (del que se adjunta ejemplar), en el que figurará que se ha sometido al animal a tratamiento antiparasitario contra las tenias y garrapatas.